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La AEPD necesita más medios para realizar su labor

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En una entrevista realizada hace unos días, la Directora de la AEPD, Mar España, confirma la falta de medios del organismo para desarrollar adecuadamente su trabajo.

La función principal de la AEPD es prevenir infracciones de la normativa de Protección de datos y ayudar en su cumplimiento. Y los ciudadanos y empresas tienen claras estas funciones.

Por otro lado, la Directora de la AEPD señala que desde la entrada en vigor de la LOPDGDD no han recibido ninguna reclamación sobre la realización por los partidos políticos de perfiles sobre opiniones políticas o sobre el envío de propaganda electoral personalizada. Esta posibilidad estaba admitida hasta su anulación hace dos meses por el Tribunal Constitucional.

En estos cuatro últimos años, la AEPD ha tenido que enfrentarse a importantes retos como la aplicación del RGPD, la modificación de la ley en España, el aumento de las reclamaciones y la falta de medios.

Falta de medios y personal en la AEPD

La falta de medios en la AEPD es evidente, indica Mar España. Hace doce años en la AEPD se recibían unas 3.000 reclamaciones y ahora son unas 15.000 y esas reclamaciones son cada vez más complicadas. Además existen las redes sociales y el perfilado que antes no existían. Ahora existen reclamaciones contra empresas que actúan en varios Estados miembros de la UE y debe tramitarse un procedimiento complejo en inglés.

Desde el 2007 el personal de la AEPD solo se ha incrementado en 60 personas, cuando el incremento debería de haber sido de 600 personas.

Los medios para realizar inspecciones son prácticamente los mismos que en 2007 y esto es bastante grave ya que la AEPD ha incorporado muchas funciones nuevas, como las de certificación o formación.

Dentro de los logros más destacables de la AEPD está su labor de concienciación dentro de la que se encuentra la enseñanza en los centros escolares sobre el uso seguro de Internet y redes sociales.

También desde el organismo se ha realizado una importante labor de ayuda a empresas y administraciones públicas en el cumplimiento de la normativa de Protección de datos, algo que era bastante difícil.

Por otro lado, la agencia realiza funciones en materia de violencia de género. Cualquier persona que considere que se ha vulnerado gravemente su intimidad puede solicitar la tutela de la AEPD (por ejemplo, si alguien cuelga un vídeo que pueda ocasionar ciberacoso o violencia de género).

Perfilado político y propaganda electoral

La Directora de la AEPD habla también de una de las polémicas surgidas en los últimos meses: el perfilado político por parte de los partidos y el envío de propaganda electoral segmentada. Esta posibilidad se incluía en la modificación de la Ley Electoral realizada por la LOPDGDD. La AEPD dictó una Circular en la cuál limitaba esa posibilidad que fue criticada alegando que la entidad se estaba extralimitando en sus competencias.

En esta Circular se limita el tratamiento que los partidos políticos pueden realizar de los datos especialmente sensibles como los referidos a opiniones políticas. Esto da idea de cómo el derecho a la protección de datos está en la vida diaria de los ciudadanos y no es un derecho abstracto.

En mayo el Tribunal Constitucional dictó una sentencia por la que se anuló esta posibilidad. Esto es valorado de forma positiva por Mar España, todo aquello que refuerce el derecho fundamental a la privacidad es una garantía para los ciudadanos.

Esta reforma del artículo 58 bis de la Ley Electoral suponía una falta de garantías para los ciudadanos. Y para establecer esas garantías que faltaban se aprobó la citada Circular. La AEPD nunca avaló ese artículo ya que consideró que la LOPDGDD no era el medio adecuado para realizar una modificación de esa importancia.

Una vez que esa modificación se había realizado, la AEPD solo podía interpretarlo de acuerdo al RGPD ya que no se sabía que el artículo iba a ser recurrido ante el TC.

Se considera lamentable que la LOPDGDD se conozca por esa modificación de la Ley Electoral, algo que no tiene ninguna relación con el RGPD. Y se hace un llamamiento de que si cualquier persona conoce algún caso de perfilado político o envío de propaganda electoral segmentada se lo comunique a la AEPD.

Personalización de contenidos en redes sociales

La AEPD ha anunciado que creará un sistema que permita retirar vídeos de Internet antes de que se conviertan en virales en supuestos de sexting o ciberacoso. Con ello se pretende la implicación de Google y Facebook cuanto antes. Los vídeos que supongan un grave atentado contra la intimidad personal se retirarán en un plazo máximo de 24 horas.

La AEPD también ha firmado con la Comisión europea un Código de conducta para retirar contenidos considerados como enaltecimiento del terrorismo o delitos de odio.

En el último año se han producido numerosas sanciones en Europa a importantes empresas de Internet pero aún no se han impuesto sanciones tan cuantiosas como prevé el RGPD. Tampoco existen propuestas de resolución de procedimientos sancionadores de esa importancia.

La entrada La AEPD necesita más medios para realizar su labor se publicó primero en Ayuda Ley Protección Datos (LOPDGDD).


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